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La Fundación Extranjera de Interés Privado

La Fundación Extranjera de Interés Privado es una entidad legal que ofrece protección patrimonial y planificación de sucesión hereditaria. Su estructura combina las características de un Fideicomiso y de una compañía

La Fundación Extranjera de Interés Privado tiene derechos y obligaciones que pueden aumentar el valor de sus activos. Puede ser dueña de acciones en cualquier negocio, ya sea en el país de origen o en el extranjero, puede efectuar transacciones en cualquier divisa que escoja, no necesita accionistas ni miembros, y puede ser dueña de cuentas bancarias, títulos-valores negociables, cuentas de corretaje y bienes raíces, entre otros activos.

Creada a través de una declaración de su Fundador, un individuo que también puede ser su beneficiario, La Fundación Extranjera de Interés Privado se originó en Liechtenstein y actualmente puede encontrarse en Panamá, las Antillas Holandesas, las Bahamas y otras jurisdicciones.

Ventajas
La Fundación Extranjera de Interés Privado tiene la estructura de un Fideicomiso y opera como una compañía. Sus ventajas incluyen:

Estructura
La Fundación Extranjera de Interés Privado es una entidad legal establecida mediante un documento público, por uno o más individuos, o entidades corporativas, quienes son denominados Fundadores. El Fundador debe asignar o aportar activos para que la Fundación pueda crearse. La Fundación se convierte entonces en una entidad jurídica, mediante la inscripción del Acta Constitutiva de la Fundación en el registro público correspondiente.

Los requisitos del Acta Constitutiva de la Fundación son:

Los activos especificados en la Acta Constitutiva de la Fundación no requieren la designación de Beneficiarios y constituyen, a todos los efectos legales, un patrimonio separado de los activos personales del Fundador. Por consiguiente, no pueden aplicarse al pago de las obligaciones del Fundador ni de los beneficiarios.

Requisitos Aplicables al Consejo de la Fundación
Los miembros del Consejo de la Fundación pueden ser personas individuales o corporativas de cualquier nacionalidad. Es obligatorio que los nombres y direcciones de estas personas sean de acceso público. Mercantil CTC puede actuar como Consejo de la Fundación con las siguientes obligaciones:

Pueden prepararse Regulaciones Opcionales de la Fundación, incluyendo modificaciones a los requisitos y responsabilidades del consejo de la misma.

La Fundación Privada y su Estructura:

Foundation Diagram

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